domingo, 7 de noviembre de 2010

COMPROMISO

Obligación contraída.

El compromiso es el acto de administración mediante el cual el funcionario facultado a contratar y comprometer el presupuesto a nombre de la entidad acuerda, luego del cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable, afectando total o parcialmente los créditos presupuestarios, en el marco de los presupuestos aprobados y las modificaciones presupuestarias realizadas.

El compromiso se efectúa con posterioridad a la generación de la obligación nacida de acuerdo a Ley, Contrato o Convenio.

El compromiso debe afectarse a la correspondiente cadena de gasto, reduciendo su importe del saldo disponible del crédito presupuestario, a través del respectivo documento oficial.

La Dirección General del Presupuesto Público, ente rector del Sistema Nacional de Presupuesto, en el marco del perfeccionamiento de la gestión presupuestaria y la calidad del gasto público, precisa los documentos que sirven para sustentar los compromisos en la ejecución del gasto público en los niveles de Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.

Documentos que sustentan los Compromisos

016       Convenio Suscrito
031       Orden de Compra – Guía de Internamiento
032       Orden de Servicio
036       Planilla de Movilidad
039       Planilla de Dietas de Directorio
041       Planilla de Propinas
042       Planilla de Racionamiento
043       Planilla de Viáticos
059       Contrato Compra-Venta
060       Contrato Suscrito (Varios)
070       Contrato Suscrito (Obras)
230       Planilla Anualizada de Gastos en Personal
231       Planilla Anualizada de Gastos en Pensiones
232       Resumen Anualizado Retribuciones CAS
233       Resumen Servicios Públicos Anualizado
234       Dispositivo Legal o Acto de Administración 1/
235       Planilla Ocasionales

Registro del Compromiso

Es la operación mediante la cual se perfecciona el compromiso y se afecta en forma definitiva la apropiación el crédito presupuestario garantizando que ésta no será desviada a ningún otro fin. El registro presupuestal se realiza en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), y constituye requisito indispensable para iniciar la ejecución del gasto.

El compromiso puede ser Adicionado, Reducido, Anulado y Modificado. La fecha de registro del compromiso debe ser igual o posterior a la del Certificado de Crédito Presupuestario.

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1/ Sólo en el caso de CTS, gratificaciones, subsidios, fondos para pagos en efectivo,
caja chica, encargos, sentencias en calidad de cosa juzgada y aguinaldos

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