domingo, 21 de noviembre de 2010

FONCOMUN en la Cuenta Principal del Tesoro Público

La Dirección Nacional del Tesoro Público, Ente Rector del Sistema Nacional de Tesorería, mediante Resolución Directoral N° 044-2010-EF/77.15, establece la “Incorporación de los recursos del Fondo de Compensación Municipal en la Cuenta Principal del Tesoro Público”, a partir de Diciembre del 2010. (1)

Los recursos del FONCOMUN que por Ley corresponde a los Gobiernos Locales (Municipalidades) serán centralizados en la Cuenta Principal del Tesoro Público y se sujetaran al procedimiento establecido en la Resolución Directoral N° 013-2008-EF/77.15. (2)

La ejecución del gasto con cargo a la “Asignación Financiera” de la fuente de financiamiento Recursos Determinados - Rubro 07 – Fondo de Compensación Municipal, será efectuada por las Municipalidades a través de la misma sub cuenta bancaria de gasto por la que se atienden los gastos de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios - Rubro 00 y Recursos Determinados - Rubro 18.

Las Autorizaciones de Giro y Pago con cargo al FONCOMUN, serán aprobadas por la Dirección Nacional del Tesoro Público a través del SIAF-SP en forma automática, de acuerdo al saldo disponible de la “Asignación Financiera” de la fuente de financiamiento Recursos Determinados – Rubro 07.

El registro en el SIAF-SP de la información de la ejecución del gasto con cargo a dichos recursos, será efectuado, utilizando el Tipo de Recurso que establezca la Dirección Nacional del Tesoro Público y se realizará conforme a los procedimientos de ejecución presupuestaria y de tesorería.

Las Municipalidades podrán efectuar la conciliación, el seguimiento de los movimientos y saldos de los fondos de la indicada fuente de financiamiento y Rubro, a través de la dirección electrónica: http://apps2.mef.gob.pe/siafcut/index.jsp, utilizando el código de usuario y clave.

Los recursos del FONCOMUN depositados en otras cuentas bancarias del Banco de la Nación y en el Sistema Financiero Nacional, deben transferirse a la “Cuenta Central Recursos Determinados”, hasta el 31 de diciembre del 2010; Luego deben de proceder a liquidar y cerrar las cuentas bancarias cuyos saldos fueron transferidos, hasta el 30 de enero del 2011, informando de manera expresa a la Dirección Nacional del Tesoro Público.

Asimismo, la Dirección Nacional del Tesoro Publico transferirá a la “Cuenta Central de Recursos Determinados” los montos del FONCOMUN que estén comprometidos por las municipalidades para cumplir con las obligaciones de pago que mantengan con el Banco de la Nación.


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(1) R.D.N° 044-2010-EF/77.15 del 08/Nov./2010  - Publicado 21/Nov./2010
(2) R.D.N° 013-2008-EF/77.15 del 30/Abr./2008  - Publicado 01/May./2010

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