domingo, 16 de enero de 2011

Programación de Compromisos Anual (PCA)

La Dirección General de Presupuesto Público, en el marco de la simplificación de los procesos de administración financiera del sector público, con el objeto de fortalecer y agilizar la gestión del gasto público a cargo de las Entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, pone a disposición la Programación de Compromisos Anual (PCA).

La PCA es un instrumento de programación del gasto público de corto plazo por toda fuente de financiamiento, que permite la constante compatibilización de la programación del presupuesto autorizado, con el marco macroeconómico multianual, las reglas fiscales contenidas en la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y la capacidad de financiamiento del año fiscal respectivo, en un marco de disciplina, prudencia y responsabilidad fiscal.

La PCA es revisada trimestralmente por la DGPP y es aprobada mediante Resolución Directoral dentro de los diez (10) días calendario siguientes de concluido el trimestre. En la Resolución se establecen los procedimientos, mecanismos y formalidades para la determinación, revisión y actualización.

La determinación de la PCA no convalida los actos o acciones que no se ciñan a la normativa vigente, correspondiendo al Órgano de Control Interno verificar la legalidad y observancia de las formalidades aplicables a cada caso.

El Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público – SIAF SP, incorpora la Programación de Compromisos Anual – PCA, y permite:

- A la DGPP, registrar y transmitir los montos anuales de la PCA (inicial y sus modificaciones) a los Pliegos, en el nivel de fuente de financiamiento/rubro, categoría y genérica del gasto.

- A los Pliegos, recepción de la PCA, ajustes de la PCA, incremento y/o disminución de la PCA y distribución de la PCA (al mismo nivel de agregación) entre sus unidades ejecutoras (UEs).

- A las Unidades Ejecutoras, recepción de la asignación – PCA enviada por el Pliego, priorización de gastos, certificación de crédito presupuestario (CCP), compromiso anual y ejecución.

  
 

17 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola Señor Cosme felicitarle por el blog por que asi podemos consultarle las inquietudes respecto al siaf y el manual del siaf de la ultima version.

tengo una consulta respecto a la devoluciones al tesoro publico con T5 del ejercicio 2010 al hacer la devolucion se activa un casillero donde dice ingreso a caja en año anterior esto no salia cuando se hacia las devoluciones con t5 en el 2010 ahora sale en este año pero la devolucion es del ejercicio 2010 paso por alto esto o lo tengo que colocar un chek al casillero. por favor responder

Marco Antonio Cosme López dijo...

1. El depósito de los fondos a favor del Tesoro Público se efectúan mediante la papeleta de depósitos (T-6).
2. En la ventana de generación de operaciones sólo poner chek si el monto a devolver, ingreso a caja en el ejercicio anterior.

Luis Jaramillo dijo...

Buenas noches Sr Cosme, tengo una consulta por favor, como puedo anular la aprobación de una certificación de compromisos en el MPP o en el SIAF?

Marco Antonio Cosme López dijo...

1. Seleccionar la secuencia del Certificado que desea anular
2. Clic derecho y seleccionar la opción Anulación
3. Seleccionar el documento, registrar el número y la fecha de anulación
4. Clic en el botón guardar
5. Visualizar la Anulación de Certificación en la pestaña Modificaciones a la Certificación
6. Clic derecho y Habilitar envío
7. Transmitir.

La anulación está permitido, si no tiene rebajas, ampliaciones o compromisos anuales.

Anónimo dijo...

SR, COSME tengo una consulta:que tipo de notas de modificación corresponde los códigos
001, 002 y 003 del módulo de presupuesto del siaf

Anónimo dijo...

señor cosme lo felicito hay cosas muy interezantes en su pagina
pero lo que yo queria saber sobre la ley nº29465 y ley nº29626 respecto a la modificacion del calendario de compromisos y cual es el plazo de cada una de ellas poruqe antes se llamaba calendario de compromisos institucional ahora creo que programacion de compromisos anual

Marco Antonio Cosme López dijo...

Notas de Modificación

Nivel Institucional
001 Transferencia de Partidas
002 Créditos Suplementarios

Nivel Funcional Programático
003 Créditos Presupuestales y Anulaciones

Marco Antonio Cosme López dijo...

La Tercera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011, modifica el artículo 29-A y deroga el articulo 30 de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto:

1) Introduce la Programación de Compromisos Anual (PCA)

2) Deroga el Calendario de Compromisos Institucional (CCI)

La PCA es revisada y actualizada trimestralmente.

Anónimo dijo...

Señor Marcos Cosme una consulta; de acuerdo al objetivo de la inclusión del PCA en el SIAF es para agilizar el gasto público, entonces no entiendo cual es el conflicto que existe a nivel de Proyectos de Inversión de los Gobiernos Regionales y Locales
Atte.
P. Roque

Marco Antonio Cosme López dijo...

Mediante D.S. Nº 056-2011-EF, se exceptúa a los Gobiernos Regionales y Universidades del límite de compromisos en gastos de capital a que se refiere el inciso b) del numeral 6.2 del artículo 6º del D.U. Nº 012-2011, a los proyectos de inversión pública, incluyendo los estudios de preinversión.
Los Gobiernos Locales no tuvieron limites de autorización de compromisos en Bienes y Servicios y Gastos de Capital.

duci dijo...

Buenas tardes, soy estudiante de CCAA, y muchas ganas de aprender desde un inicio el SIAF, le pido a su persona que me pueda guiar e instruir en este ambito del SIAF y agradeciendole que pueda contar con su apoyo y aprender, esperando su respuesta.

Anónimo dijo...

Buenos dias Señor Marcos, tengo una duda hacerca de los depositos con la papeleta T-6, los proyectos en los que laboro tienen como fuente de financiamiento el canon y sobre canon, me comentaron que el dinero devuelto con papeleta T-6 no vuelve a los fondos del proyecto, agradeceria mucho su respuesta.

Marco Antonio Cosme López dijo...

Las devoluciones por menor ejecución incrementan el saldo disponible de la “Asignación Financiera” en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados.

Unknown dijo...

Sr COSME, tenga mis mas cordiales saludos y le agradezco por brindar sus conocimientos, es mucha utilidad. Mi consulta es bajo que motivo o condición se puede retirar dinero con CERTIFICADO en función a la PCA de un proceso de licitación pública para otros fines. Agradecería su consulta, atte Dante Minchan.

Marco Antonio Cosme López dijo...

“La certificación del crédito presupuestario es susceptible de modificación, en relación a su monto u objeto, o anulación, siempre que tales acciones estén debidamente justificadas y sustentadas por el área correspondiente. (…) La certificación del crédito presupuestario no podrá ser anulada, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Jefe de la Oficina de Presupuesto (…), mientras la entidad pública se encuentre realizando las acciones necesarias, en el marco de la normatividad vigente, para realizar un gasto, contratar y/o adquirir un compromiso, (…)”

Numeral 13.5 del Artículo 13 de la Resolución Directoral N° 027-2014-EF/50.01

Anónimo dijo...

Muy buenas tardes Sr. Cosme Lopez, existe un programa interactivo con respecto al SIGA y el SIAF para hacer practicas, si lo tiene podría facilitarnos el LINK, por otra parte lo felicito por su blog bien detallado para nuestro aprendizaje. Gracias.

Unknown dijo...

BUENOS DÍAS SEÑOR COSME, ES MUY INTERESANTE SU BLOG, ME GUSTARÍA EFECTUARLE ALGUNA CONSULTA, PARA PODER ENRIQUECER MIS CONOCIMIENTOS RESPECTO AL SIAF Y SU APLICACIÓN, EN LA GESTIÓN PUBLICA, LO SALUDA OSWALDO ARGÜELLES VIZARRETA, SALUDOS.