sábado, 28 de junio de 2014

Cuenta Central Recursos Directamente Recaudados

La Cuenta Central RDR es una cuenta bancaria abierta en el Banco de la Nación a nombre de cada Entidad, para el manejo de los fondos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados.

La Centralización de los Recursos Directamente Recaudados se inicio el 1 de octubre del 2001 en las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales; según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 195-2001-EF y la Resolución Directoral Nº 051-2001-EF-77.15.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución Directoral N° 050-2012-EF/52.03, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público viene autorizando la apertura de la Cuenta Central RDR en el Banco de la Nación para la administración de los Recursos Directamente Recaudados de los Gobiernos Locales.




La Recaudación se efectúa a través de la Cuenta Central RDR.

Las operaciones de pagos con cargo a la respectiva Cuenta Central RDR son autorizadas por la DGETP a través del SIAF SP.

La disponibilidad financiera está constituida por los saldos disponibles en la respectiva Cuenta Central RDR, menos el Gasto Girado autorizado por la DGTP.

Las recuperaciones por pagos efectuados indebidamente o en exceso con cargo a la Cuenta Central RDR, deben depositarse dentro de las 24 horas de haberse producido la recuperación.


Recursos Directamente Recaudados

Comprende los ingresos generados y administrados directamente por las Entidades Públicas, Rentas de la Propiedad, Tasas, Venta de Bienes y Prestación de Servicios, entre otros. Incluye el rendimiento financiero y los saldos de balance de años fiscales anteriores.