domingo, 13 de marzo de 2011

Certificación de Crédito Presupuestario (CCP)

Es un acto de administración cuya finalidad es garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible y libre de afectación, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fiscal respectivo, en función a la Programación de Compromisos Anual (PCA), previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que regulen el objeto materia del compromiso. Dicha certificación implica la reserva del crédito presupuestario, hasta el perfeccionamiento del compromiso y la realización del correspondiente registro presupuestario.

La Certificación de Crédito Presupuestario

Es el documento que contiene la información relativa al marco presupuestal disponible que financiará el gasto, en el marco de la Programación de Compromisos Anual.

1. Es expedida por el jefe de la oficina de presupuesto a solicitud del responsable del área que ordena el gasto, cada vez que se prevea realizar un gasto, contratar y/o adquirir un compromiso.

2. Es remitida al área solicitante para que proceda con el inicio de los trámites respectivos relacionados a la realización de los compromisos correspondientes.

3. Es susceptible de modificación (adición, reducción) en relación a su monto u objeto, o anulación, siempre que tales acciones estén debidamente justificadas y sustentadas por el área correspondiente.

4. Se adjunta al respectivo expediente.

Las unidades ejecutoras a través de las Oficinas de Presupuesto:

1. Dictan procedimientos y lineamientos, referidos a la información, documentos y plazos que deben de cumplir para llevar a cabo la certificación.

2. Emiten la certificación de crédito presupuestario.

3. Llevan el registro de las certificaciones de crédito presupuestario realizadas, con el objeto de determinar los saldos disponibles para expedir nuevas certificaciones.

4. Registran la certificación del gasto en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF SP).

Registro en el SIAF SP

1. La Solicitud de Certificación con cargo a los créditos presupuestarios; ingresando al Módulo Administrativo, Sub Modulo Registro, opción Certificación y Compromiso Anual.

2. La Certificación de Créditos Presupuestarios; ingresando al Módulo de Procesos Presupuestarios, Sub Modulo Procesos, opción Certificación de Créditos Presupuestarios.

21 comentarios:

  1. Buenas tardes, Sr Marco, a que se debe que aparezca el error con código numero 0545 sin descripción, cada vez que se hace una transmisión para solicitar compromiso anual a una certificación ya realizada previamente.

    Atte
    DIRESA JUNIN

    ResponderEliminar
  2. Se debe a la publicación del Decreto de Urgencia N° 012-2011 que establece limites para la autorización de compromisos (40% en bienes y servicios y 25% en gastos de capital).

    ResponderEliminar
  3. Solamente, para felicitarlo y agradecerle por el importantísimo aporte que brinda a través de este portal.

    Luis Oropeza
    San José - Lambayeque.

    ResponderEliminar
  4. Hola, una consulta, en que momento se solicita una certificación?, para convocar un proceso de selección primero solicito la disponibilidad presupuestal, convoco y se presentan 3 postores, elijo la mejor alternativa, allí debo solicitar la certificación a Presupuesto o después de haber firmado el contrato o recibido el servicio?
    Gracias!

    ResponderEliminar
  5. La Certificación tiene por finalidad garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible para comprometer un gasto,(contratar y/o adquirir).

    ResponderEliminar
  6. Buenas noches,
    Quisiera saber en donde encuentro el Certificado de credito presupuestario?
    Me dejaron como tarea y nose en donde encontrarlo pues, solo salen paginas y paginas y mas paginas.
    gracias

    ResponderEliminar
  7. El Certificado de Crédito Presupuestario (Reporte), lo puede obtener del SIAF - Módulo de Procesos Presupuestarios, opción Reportes / Programación del Compromisos Anual - PCA / Notas de Certificación de Créditos Presupuestarios

    ResponderEliminar
  8. sr. marco buenas tardes.bueno mi pregunta es que recien e salido de la universidad y no tuve la oportuniadd de aprender el SIAF y se presento un trabajo y quiero aprender el siaf como hago porfabor.soy de provincia y no se dictan a menudo cursos del SIF

    ResponderEliminar
  9. hola, quisiera saber cuando debe perdirse una ampliacion del certificado.

    ResponderEliminar
  10. La certificación del crédito presupuestario es susceptible de modificación (ampliación), en relación a su monto u objeto, o anulación, siempre que tales acciones estén debidamente justificadas y sustentadas.

    ResponderEliminar
  11. tenog una consulta sobre CERTIFICACION DE CREDITO PRESUPUESTARIO
    en la osce me hablan sobre el literal a En todo proceso de selección, la certificación de crédito presupuestario debe mantenerse desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato, bajo la responsabilidad del titular de la entidad. a que se refiere exactamente

    ResponderEliminar
  12. Para convocar un procedimiento de selección, se debe contar con la Certificación de Crédito Presupuestario.

    Al respecto, el literal a) del Artículo 19 de la Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, señala lo siguiente:

    "En todo procedimiento de selección, la certificación de crédito presupuestario debe mantenerse desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.

    ResponderEliminar
  13. Buenos días,mi consulta es la siguiente:
    La oficina de presupuesto o la que haga sus veces, puede otorgar una certificación de crédito presupuestario para convocar un proceso de selección, a pesar que los recursos no forman parte de su prepuesto institucional del ejercicio fiscal correspondiente.

    Es decir, después de convocado el proceso de selección fue incluido en el presupuesto institucional, mediante un crédito suplementario.

    Muchas gracias.

    ResponderEliminar
  14. "La certificación del crédito presupuestario resulta requisito
    indispensable cada vez que se prevea realizar un gasto (...)"
    Numeral 13.4 del Artículo 13° de la Directiva de Ejecución Presupuestaria Nº 005-2010-EF/76.01 y modificatorias.

    "En todo procedimiento de selección, la certificación de crédito presupuestario debe mantenerse desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad."
    literal a) del Artículo 19° de la Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado.

    ResponderEliminar
  15. Buen día, quisiera merecer su opinión respecto a el área que debe registrar el pedido de certificación en el SIAF , ya que en algunas entidades lo efectúa a misma Oficina de Presupuesto y en otras el área usuaria ( logistica , personal); agradecería su orientación respecto a este tema.

    ResponderEliminar
  16. "La certificación de crédito presupuestario es expedida a solicitud del
    responsable del área que ordena el gasto o de quien tenga delegada esta
    facultad, cada vez que se prevea realizar un gasto, contratar y/o adquirir un
    compromiso. (...)"

    Numeral 13.3 del Artículo 13 de la Resolución Directoral N° 027-2014-EF/50.01

    ResponderEliminar
  17. BUENAS TARDES Sr. MARCO ANTONIO COSME QUISIERA SABER SI TIENE ALGUN TIEMPO LIMITE O CUANTO TIEMPO SE DEMORA EN APROBARSE LA CERTIFICACION, FUI SELECCIONADA PARA TRABAJAR EN UNA ENTIDAD DEL ESTADO Y ME DICEN QUE AUN FALTA LA CERTIFICACION DEL PRESUPUESTO.

    ResponderEliminar
  18. "La certificación de crédito presupuestario es expedida a solicitud del responsable del área que ordena el gasto o de quien tenga delegada esta facultad, cada vez que se prevea realizar un gasto, contratar y/o adquirir un compromiso. Expedida la citada certificación se remite al área solicitante para que proceda con el inicio de los trámites respectivos relacionados a la realización de los compromisos correspondientes."

    Numeral 13.3 del Artículo 13 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 y modificatorias (Directiva para la Ejecución Presupuestaria)

    ResponderEliminar
  19. Buenos días disculpe...
    El certificado de crédito presupuestario es requisito para que?

    ResponderEliminar
  20. La certificación resulta requisito indispensable cada vez que se prevea realizar un gasto, suscribir un contrato o adquirir un compromiso.
    _______
    Párrafo 41.2, art. 41 del Decreto Legislativo 1440

    ResponderEliminar
  21. La certificación de crédito presupuestario es requisito para convocar un procedimiento de
    selección.
    _______
    Artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley 30225

    ResponderEliminar