1. El Director
General de Administración o el Gerente de Finanzas, y
2. El Tesorero
Puede
designarse hasta dos suplentes para el manejo de las cuentas.
No
ejercen dicha función:
La designación de los titulares y suplentes de las cuentas bancarias autorizadas por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (DGETP), está a cargo de los funcionarios, según el detalle siguiente:
- Los Regidores de
Municipios,
- El Cajero,
- El Personal del
área de Control Interno,
- El Personal de
Abastecimiento o Logística,
- El que tenga a
su cargo labores de registro contable.
La designación de los titulares y suplentes de las cuentas bancarias autorizadas por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (DGETP), está a cargo de los funcionarios, según el detalle siguiente:
· Unidades
Ejecutoras del Gobierno Nacional Resolución del Titular del
Pliego
· Unidades Ejecutoras
de los Gobiernos Regionales Resolución
del Titular del Pliego
· Municipalidades Resolución
del Titular del Pliego
· Municipalidades
de Centros Poblados (MCP) Resolución de Alcaldía de la MCP
· Institutos Viales
Provinciales (IVP) Resolución de Presidencia del
IVP
· Mancomunidades
Municipales (MM) Resolución del Gerente General
de la MM
· Mancomunidades
Regionales (MR) Resolución del Titular del
Pliego de la MR
· Entidades de
Tratamiento Empresarial (ETES) Máxima Autoridad Administrativa.
· Unidades
Operativas Resolución
del Director General de Administración
La
acreditación de los titulares y suplentes responsables del manejo de las
cuentas bancarias ante la DGETP es realizada a través del Aplicativo informático SIAF-SP “Acreditación
Electrónica de Responsables de Cuentas”, en la siguiente dirección electrónica:
Acreditación
El
funcionario que tiene a su cargo la designación de los responsables titulares y
suplentes, realiza el siguiente procedimiento:
1. Accede con su
Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe), para su validación en la
base de datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC),
y en su caso, del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
2. Registra el
Documento Nacional de Identidad (DNI), que puede ser electrónico o no, de cada
uno de los responsables titulares y suplentes.
3. Obtiene, el
Anexo denominado “Responsables del manejo de cuentas bancarias”.
4. Expide la
resolución de designación, por la que se aprueba el Anexo.
5. Transmite, la
información registrada a la DGETP, para su envío automático al Banco de la
Nación.
Sustitución
En
caso de sustitución de uno o más de los responsables acreditados para el manejo
de cuentas de la entidad, los funcionarios, proceden de la siguiente manera:
1. Registra la
inactivación de los titulares o suplentes a ser sustituidos.
2. Ingresa el DNI
de los nuevos responsables, que puede ser electrónico o no.
3. Obtiene, el
Anexo denominado “Responsables del manejo de cuentas bancarias”.
4. Expide la
resolución de designación, por la que se aprueba el Anexo.
5. Transmite, la
información registrada a la DGETP, para su envío automático al Banco de la
Nación.
La
designación y acreditación de los responsables del manejo de cuentas bancarias,
es de exclusiva competencia y responsabilidad de los funcionarios que tienen a
su cargo dicha designación y acreditación.
Los
giros para la cancelación de las obligaciones contraídas, se suscriben de forma
mancomunada, indistintamente, por los funcionarios acreditados ante la DGETP.
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Resolución
Directoral Nº 054-2018-EF/52.03.