lunes, 11 de febrero de 2019

Responsables del Manejo de las Cuentas Bancarias

Los responsables titulares del manejo de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, de las Municipalidades, de las Mancomunidades Regionales y Municipales, de los Institutos Viales Provinciales, de las Entidades de Tratamiento Empresarial, son:

1. El Director General de Administración o el Gerente de Finanzas, y
2. El Tesorero

Puede designarse hasta dos suplentes para el manejo de las cuentas.

No ejercen dicha función:

-    Los Regidores de Municipios,
-    El Cajero,
-    El Personal del área de Control Interno,
-    El Personal de Abastecimiento o Logística,
-    El que tenga a su cargo labores de registro contable.


La designación de los titulares y suplentes de las cuentas bancarias autorizadas por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (DGETP), está a cargo de los funcionarios, según el detalle siguiente:

·   Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional                              Resolución del Titular del Pliego
·   Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales                   Resolución del Titular del Pliego
·   Municipalidades                                                                          Resolución del Titular del Pliego
·   Municipalidades de Centros Poblados (MCP)                            Resolución de Alcaldía de la MCP
·   Institutos Viales Provinciales (IVP)                                             Resolución de Presidencia del IVP
·   Mancomunidades Municipales (MM)                                          Resolución del Gerente General de la MM
·   Mancomunidades Regionales (MR)                                            Resolución del Titular del Pliego de la MR
·   Entidades de Tratamiento Empresarial (ETES)                          Máxima Autoridad Administrativa.
·   Unidades Operativas                                                                   Resolución del Director General de Administración

La acreditación de los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias ante la DGETP es realizada a través del Aplicativo informático SIAF-SP “Acreditación Electrónica de Responsables de Cuentas”, en la siguiente dirección electrónica:


Acreditación

El funcionario que tiene a su cargo la designación de los responsables titulares y suplentes, realiza el siguiente procedimiento:

1. Accede con su Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe), para su validación en la base de datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), y en su caso, del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
2. Registra el Documento Nacional de Identidad (DNI), que puede ser electrónico o no, de cada uno de los responsables titulares y suplentes.
3. Obtiene, el Anexo denominado “Responsables del manejo de cuentas bancarias”.
4. Expide la resolución de designación, por la que se aprueba el Anexo.
5. Transmite, la información registrada a la DGETP, para su envío automático al Banco de la Nación.

Sustitución

En caso de sustitución de uno o más de los responsables acreditados para el manejo de cuentas de la entidad, los funcionarios, proceden de la siguiente manera:

1. Registra la inactivación de los titulares o suplentes a ser sustituidos.
2. Ingresa el DNI de los nuevos responsables, que puede ser electrónico o no.
3. Obtiene, el Anexo denominado “Responsables del manejo de cuentas bancarias”.
4. Expide la resolución de designación, por la que se aprueba el Anexo.
5. Transmite, la información registrada a la DGETP, para su envío automático al Banco de la Nación.

La designación y acreditación de los responsables del manejo de cuentas bancarias, es de exclusiva competencia y responsabilidad de los funcionarios que tienen a su cargo dicha designación y acreditación.

Los giros para la cancelación de las obligaciones contraídas, se suscriben de forma mancomunada, indistintamente, por los funcionarios acreditados ante la DGETP.

______________
Resolución Directoral Nº 054-2018-EF/52.03.

domingo, 10 de febrero de 2019

Responsables de la Administración de los Fondos Públicos

El artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, establece que los responsables de la Administración de los Fondos Públicos en las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Público y los Pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales, son:

1.   El Director General de Administración o el Gerente de Finanzas, y
2.   El Tesorero

Su designación debe ser acreditada ante la Dirección General del Tesoro Público.

Sus funciones, son:

1.   Administrar el manejo de los Fondos Públicos percibidos o recaudados en el ámbito de su competencia.
2.   Coordinar adecuada y oportunamente con las áreas o responsables de la Administración Financiera del Sector Público en el ámbito de su institución.
3.   Ejecutar los pagos de las obligaciones legalmente contraídas por la institución, dentro de los plazos y conforme a las normas y procedimientos establecidos por el ente rector.
4.   Dictar normas y procedimientos internos orientados a asegurar el adecuado apoyo económico financiero a la gestión institucional, implementando lo establecido por el ente rector.
5.   Implementar y mantener las condiciones que permitan el acceso al SIAF-RP por parte de los responsables de las áreas relacionadas con la administración de la ejecución financiera y operaciones de tesorería, para el registro de la información correspondiente.
6.   Implementar medidas de seguimiento y verificación del estado y uso de los Fondos Públicos, que comprende arqueos de los flujos financieros y/o valores, conciliaciones, y demás acciones que determine la Dirección General del Tesoro Público.
7.   Implementar la Gestión de Riesgos Fiscales, en el marco de la normativa aplicable.

En el caso que infrinjan las disposiciones establecidas, son sujetos de las sanciones administrativas aplicables según el régimen laboral al que pertenecen, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar.