domingo, 13 de marzo de 2011

Certificación de Crédito Presupuestario (CCP)

Es un acto de administración cuya finalidad es garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible y libre de afectación, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fiscal respectivo, en función a la Programación de Compromisos Anual (PCA), previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que regulen el objeto materia del compromiso. Dicha certificación implica la reserva del crédito presupuestario, hasta el perfeccionamiento del compromiso y la realización del correspondiente registro presupuestario.

La Certificación de Crédito Presupuestario

Es el documento que contiene la información relativa al marco presupuestal disponible que financiará el gasto, en el marco de la Programación de Compromisos Anual.

1. Es expedida por el jefe de la oficina de presupuesto a solicitud del responsable del área que ordena el gasto, cada vez que se prevea realizar un gasto, contratar y/o adquirir un compromiso.

2. Es remitida al área solicitante para que proceda con el inicio de los trámites respectivos relacionados a la realización de los compromisos correspondientes.

3. Es susceptible de modificación (adición, reducción) en relación a su monto u objeto, o anulación, siempre que tales acciones estén debidamente justificadas y sustentadas por el área correspondiente.

4. Se adjunta al respectivo expediente.

Las unidades ejecutoras a través de las Oficinas de Presupuesto:

1. Dictan procedimientos y lineamientos, referidos a la información, documentos y plazos que deben de cumplir para llevar a cabo la certificación.

2. Emiten la certificación de crédito presupuestario.

3. Llevan el registro de las certificaciones de crédito presupuestario realizadas, con el objeto de determinar los saldos disponibles para expedir nuevas certificaciones.

4. Registran la certificación del gasto en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF SP).

Registro en el SIAF SP

1. La Solicitud de Certificación con cargo a los créditos presupuestarios; ingresando al Módulo Administrativo, Sub Modulo Registro, opción Certificación y Compromiso Anual.

2. La Certificación de Créditos Presupuestarios; ingresando al Módulo de Procesos Presupuestarios, Sub Modulo Procesos, opción Certificación de Créditos Presupuestarios.

21 comentarios:

Anónimo dijo...

Buenas tardes, Sr Marco, a que se debe que aparezca el error con código numero 0545 sin descripción, cada vez que se hace una transmisión para solicitar compromiso anual a una certificación ya realizada previamente.

Atte
DIRESA JUNIN

Marco Antonio Cosme López dijo...

Se debe a la publicación del Decreto de Urgencia N° 012-2011 que establece limites para la autorización de compromisos (40% en bienes y servicios y 25% en gastos de capital).

Luisedu dijo...

Solamente, para felicitarlo y agradecerle por el importantísimo aporte que brinda a través de este portal.

Luis Oropeza
San José - Lambayeque.

Anónimo dijo...

Hola, una consulta, en que momento se solicita una certificación?, para convocar un proceso de selección primero solicito la disponibilidad presupuestal, convoco y se presentan 3 postores, elijo la mejor alternativa, allí debo solicitar la certificación a Presupuesto o después de haber firmado el contrato o recibido el servicio?
Gracias!

Marco Antonio Cosme López dijo...

La Certificación tiene por finalidad garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible para comprometer un gasto,(contratar y/o adquirir).

Anónimo dijo...

Buenas noches,
Quisiera saber en donde encuentro el Certificado de credito presupuestario?
Me dejaron como tarea y nose en donde encontrarlo pues, solo salen paginas y paginas y mas paginas.
gracias

Marco Antonio Cosme López dijo...

El Certificado de Crédito Presupuestario (Reporte), lo puede obtener del SIAF - Módulo de Procesos Presupuestarios, opción Reportes / Programación del Compromisos Anual - PCA / Notas de Certificación de Créditos Presupuestarios

Anónimo dijo...

sr. marco buenas tardes.bueno mi pregunta es que recien e salido de la universidad y no tuve la oportuniadd de aprender el SIAF y se presento un trabajo y quiero aprender el siaf como hago porfabor.soy de provincia y no se dictan a menudo cursos del SIF

Anónimo dijo...

hola, quisiera saber cuando debe perdirse una ampliacion del certificado.

Marco Antonio Cosme López dijo...

La certificación del crédito presupuestario es susceptible de modificación (ampliación), en relación a su monto u objeto, o anulación, siempre que tales acciones estén debidamente justificadas y sustentadas.

leo dijo...

tenog una consulta sobre CERTIFICACION DE CREDITO PRESUPUESTARIO
en la osce me hablan sobre el literal a En todo proceso de selección, la certificación de crédito presupuestario debe mantenerse desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato, bajo la responsabilidad del titular de la entidad. a que se refiere exactamente

Marco Antonio Cosme López dijo...

Para convocar un procedimiento de selección, se debe contar con la Certificación de Crédito Presupuestario.

Al respecto, el literal a) del Artículo 19 de la Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, señala lo siguiente:

"En todo procedimiento de selección, la certificación de crédito presupuestario debe mantenerse desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.

Anónimo dijo...

Buenos días,mi consulta es la siguiente:
La oficina de presupuesto o la que haga sus veces, puede otorgar una certificación de crédito presupuestario para convocar un proceso de selección, a pesar que los recursos no forman parte de su prepuesto institucional del ejercicio fiscal correspondiente.

Es decir, después de convocado el proceso de selección fue incluido en el presupuesto institucional, mediante un crédito suplementario.

Muchas gracias.

Marco Antonio Cosme López dijo...

"La certificación del crédito presupuestario resulta requisito
indispensable cada vez que se prevea realizar un gasto (...)"
Numeral 13.4 del Artículo 13° de la Directiva de Ejecución Presupuestaria Nº 005-2010-EF/76.01 y modificatorias.

"En todo procedimiento de selección, la certificación de crédito presupuestario debe mantenerse desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad."
literal a) del Artículo 19° de la Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado.

Anónimo dijo...

Buen día, quisiera merecer su opinión respecto a el área que debe registrar el pedido de certificación en el SIAF , ya que en algunas entidades lo efectúa a misma Oficina de Presupuesto y en otras el área usuaria ( logistica , personal); agradecería su orientación respecto a este tema.

Marco Antonio Cosme López dijo...

"La certificación de crédito presupuestario es expedida a solicitud del
responsable del área que ordena el gasto o de quien tenga delegada esta
facultad, cada vez que se prevea realizar un gasto, contratar y/o adquirir un
compromiso. (...)"

Numeral 13.3 del Artículo 13 de la Resolución Directoral N° 027-2014-EF/50.01

Anónimo dijo...

BUENAS TARDES Sr. MARCO ANTONIO COSME QUISIERA SABER SI TIENE ALGUN TIEMPO LIMITE O CUANTO TIEMPO SE DEMORA EN APROBARSE LA CERTIFICACION, FUI SELECCIONADA PARA TRABAJAR EN UNA ENTIDAD DEL ESTADO Y ME DICEN QUE AUN FALTA LA CERTIFICACION DEL PRESUPUESTO.

Marco Antonio Cosme López dijo...

"La certificación de crédito presupuestario es expedida a solicitud del responsable del área que ordena el gasto o de quien tenga delegada esta facultad, cada vez que se prevea realizar un gasto, contratar y/o adquirir un compromiso. Expedida la citada certificación se remite al área solicitante para que proceda con el inicio de los trámites respectivos relacionados a la realización de los compromisos correspondientes."

Numeral 13.3 del Artículo 13 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 y modificatorias (Directiva para la Ejecución Presupuestaria)

Bri dijo...

Buenos días disculpe...
El certificado de crédito presupuestario es requisito para que?

Marco Antonio Cosme López dijo...

La certificación resulta requisito indispensable cada vez que se prevea realizar un gasto, suscribir un contrato o adquirir un compromiso.
_______
Párrafo 41.2, art. 41 del Decreto Legislativo 1440

Marco Antonio Cosme López dijo...

La certificación de crédito presupuestario es requisito para convocar un procedimiento de
selección.
_______
Artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley 30225